Visados de trabajo para EE.UU.

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Además de ser un país al que mucha gente acude con fines turísticos, EE.UU. es también un popular destino laboral. Personas de todo el mundo quieren trabajar en los EE.UU. debido a los altos salarios y el buen ambiente de trabajo.

Hay dos formas a través de las cuales se puede ir a los EE.UU. con fines de empleo:

  • Como empleado temporal
  • Como empleado patrocinado/permanente

Los empleados temporales necesitan una visa de no inmigrante de EE.UU., mientras que los empleados patrocinados necesitan una visa de inmigrante. Este artículo cubrirá todo lo que necesita saber acerca de ser un empleado temporal y obtener una visa de trabajo estadounidense.

¿Qué es la visa de trabajo estadounidense?

La Visa de Trabajo USA se utiliza para que las personas vayan a trabajar temporalmente a los Estados Unidos por un periodo de tiempo determinado. El periodo de tiempo que se va a trabajar debe constar en el contrato de trabajo o en la solicitud de visado. Este tipo de visado estadounidense no permite a las personas trabajar en Estados Unidos de forma indefinida o permanente. Los solicitantes necesitan cumplir con una lista de requisitos de la visa de EE.UU. y presentar los documentos especificados en las siguientes secciones de este artículo para ser elegibles para solicitar una visa de trabajo temporal EE.UU..

Tipos de visado de trabajo EE.UU.

Hay varios tipos de visados de trabajo EE.UU. dependiendo del propósito y el tipo de trabajo que se quiera realizar.

Aquí están los tipos de visados de trabajo temporal EE.UU.:

  • Visado H1B: Persona en Ocupación Especializada. Para trabajar en una ocupación especializada. Requiere un título de educación superior o su equivalente. Incluye modelos de moda de mérito y habilidad distinguidos y proyectos de investigación y desarrollo de gobierno a gobierno, o de coproducción administrados por el Departamento de Defensa.
  • Visado H-1B1: Profesional del Tratado de Libre Comercio (TLC) – Chile, Singapur. Para trabajar en una ocupación especializada. Requiere un título post-secundario que implique al menos cuatro años de estudio en el campo de especialización. (Nota: Este no es un visado basado en peticiones.)
  • Visado H-2A: Trabajador agrícola temporal. Para trabajos agrícolas temporales o de temporada. Limitado a ciudadanos o nacionales de países designados, con excepciones limitadas, si se determina que es en el interés de los Estados Unidos.
  • Visado H-2B: Trabajador temporal no agrícola. Para trabajos temporales o estacionales no agrícolas. Limitado a ciudadanos o nacionales de países designados, con excepciones limitadas, si se determina que es en interés de los Estados Unidos.
  • Visado H-3: Visitante de formación o educación especial. Para recibir formación, distinta de la médica o académica de posgrado, que no esté disponible en el país de origen del becario o programas de formación práctica en la educación de niños con discapacidades mentales, físicas o emocionales.
  • Visado I: Representantes de medios de comunicación extranjeros. Este visado permite a los periodistas y a quienes trabajan en el sector de la información o los medios de comunicación completar su trabajo durante su estancia en Estados Unidos.
  • Visado L1: Intracompany Transferee. Para trabajar en una sucursal, matriz, filial o subsidiaria del empleador actual en un puesto directivo o ejecutivo, o en un puesto que requiera conocimientos especializados. La persona debe haber estado empleada por el mismo empleador en el extranjero de forma continua durante 1 año dentro de los tres años anteriores
  • Visado P-1: Atleta individual o de equipo, o miembro de un grupo de entretenimiento. Para actuar en una competición atlética específica como atleta o como miembro de un grupo de entretenimiento. Requiere un nivel de rendimiento sostenido reconocido internacionalmente. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado.
  • Visado P-2: Artista o Animador (Individual o Grupo). Para actuar en el marco de un programa de intercambio recíproco entre una organización de los Estados Unidos y una organización de otro país. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo del individuo anterior.
  • Visado P-3: Artista o Animador (Individual o Grupo). Para actuar, enseñar o entrenar en el marco de un programa culturalmente único o de una actuación o presentación étnica, folclórica, cultural, musical, teatral o artística tradicional. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo del individuo anterior.
  • Visado R-1: Trabajadores Religiosos Temporales No Inmigrantes. Para ayudar a los extranjeros a venir a los EE.UU. y trabajar en una organización religiosa. Sólo califican los ministros y los que están directamente vinculados al trabajo religioso.
  • Visado TN: Trabajadores NAFTA. Este visado permite que abogados, científicos, ingenieros, profesores de Canadá trabajen en EEUU temporalmente.
  • Visado O1: Visado para personas con capacidades extraordinarias. El visado O1 es para aquellos que demuestran un conocimiento experto en ciencia, negocios, educación, atletismo o arte, incluyendo el reconocimiento internacional por su trabajo.

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>Diferencias entre el visado H1b y el visado L1

Requisitos para el visado de trabajo de EE.UU.

Hay tres condiciones previas que alguien interesado en obtener un visado de trabajo de EE.S necesita cumplir antes de solicitarlo. Si no cumple ni siquiera una de estas condiciones, la Embajada podría denegar su solicitud de visado. Esto hará que no pueda viajar a EE.UU. y trabajar allí. Estas condiciones previas son las siguientes:

Tener una oferta de trabajo en los EE.UU.

Tienes que haber solicitado y haber sido aceptado en un puesto de trabajo dentro de los EE.UU. para poder optar a un visado de trabajo. Esto se debe a que los EE.UU. requieren varios documentos de su empleador antes de iniciar su solicitud de visado.

Petición aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU. (USCIS)

Este requisito significa que antes de solicitar un visado de trabajo en los EE.UU., su empleador debe presentar una Petición de Trabajador No Inmigrante ante el USCIS. Esta petición, también conocida como formulario I-129, es el documento más importante para que usted obtenga su visado de trabajo. Cuando el USCIS aprueba la petición de su empleador, usted puede empezar a solicitar el visado. Sin embargo, si su petición es aprobada, eso no significa necesariamente que la Embajada de EE.UU. le dará automáticamente un visado de trabajo. Debido a razones que podrían quedar a la discreción de la Embajada, se le podría negar la visa de trabajo incluso si su petición de USCIS es aprobada.

Aprobación de la certificación laboral por el Departamento de Trabajo (DOL)

Algunas de las visas de trabajo, más específicamente la H-1B, H-1B1, H-2A, y H-2B también requieren que su empleador tenga una certificación del DOL. Su empleador debe solicitar el DOL en su nombre incluso antes de presentar la petición al USCIS. El gobierno estadounidense exige esta certificación como prueba de que los empresarios estadounidenses necesitan trabajadores extranjeros. Tienen que demostrar que no pueden cubrir esos puestos de trabajo con empleados estadounidenses. Además, la certificación es necesaria para garantizar que los trabajadores extranjeros temporales no están teniendo un impacto en las oportunidades de trabajo para los ciudadanos de EE.UU. de una manera negativa.

Requisitos de la visa de trabajo de EE.UU.

Además de cumplir con las tres condiciones previas de calificación, también tendrá que tener estos documentos:

  • Pasaporte válido – que tiene que ser válido para toda la duración de su estancia en los EE.S y seis meses adicionales después de su regreso
  • Foto de visado de EE.UU. – que necesita subir cuando rellene el formulario de solicitud en línea.
  • El número de recibo, que puede encontrar en su Petición aprobada para un trabajador no inmigrante (Formulario I-129) que su empleador presentó.
  • Una página de confirmación de que ha completado su solicitud de visado de no inmigrante (Formulario DS-160).
  • Recibo que acredita que ha pagado la tasa de solicitud. Para los visados de trabajo de Estados Unidos, la tasa de solicitud es de 190 dólares. También puede haber tasas adicionales que se aplican a su ubicación, por lo que debe consultar con su embajada local de EE.UU. para obtener más detalles.
  • Prueba de que va a regresar a su país de origen después de su trabajo en los EE.UU.. Esto se aplica a todos los tipos de visados de trabajo, a excepción del visado H-1B y del visado L. Ejemplos de cómo puede probar que regresará de los EE.S incluyen los siguientes:
    • Su situación económica
    • Sus relaciones familiares
    • Cualquier plan a largo plazo que pueda tener
    • Residencia a la que planea regresar
  • Para aquellos que soliciten un visado L, también necesitará tener un formulario I-129S (Petición de no inmigrante basada en la petición L general) rellenado. Deberá llevar este formulario cuando tenga la entrevista para el visado.

Además de estos requisitos generales, que se aplican a todos los que quieren obtener un visado de trabajo de EE.UU., es posible que haya otros documentos que deba presentar. Usted debe ponerse en contacto con su embajada local de EE.UU. para obtener información más detallada.

Procedimientos de solicitud de la visa de trabajo de EE.UU.

Si usted ha cumplido con las tres condiciones de precalificación y reunió el documento necesario, entonces usted califica para iniciar su solicitud de la visa de trabajo de EE.UU.. La forma de solicitarlo es completando los siguientes pasos:

Cumplimentar la solicitud de visado de no inmigrante en línea (formulario DS-160) e imprimir la página de confirmación

La información que introduzca en el formulario DS-160 debe ser toda correcta. Si presenta algún dato incorrecto, la Embajada tendrá motivos suficientes para denegarle el visado. Además, el formulario DS-160 está disponible en muchos idiomas, pero sus respuestas deben estar en inglés.

Programe su entrevista

Debido al alto número de solicitudes que reciben las Embajadas de Estados Unidos, debe asegurarse de programar su entrevista tan pronto como cumpla con todos los requisitos. Si tiene menos de 13 años o más de 80, generalmente no se requiere una entrevista para el visado. En cuanto a las personas de entre 14 y 79 años, las entrevistas son necesarias, pero puede haber excepciones si sólo está renovando su visado.

Asistir a la entrevista

Su entrevista y la información del formulario DS-160 servirán para que la Embajada de Estados Unidos tome su decisión sobre si se le debe conceder el visado o no. Por eso, es muy importante que te presentes a la entrevista a tiempo, vestido adecuadamente y con todos los documentos necesarios. Además, debe responder a todas las preguntas de la forma más completa posible, dando siempre información verdadera. Los entrevistadores de visados están entrenados para detectar cuando alguien proporciona información falsa, por lo que si lo hace, le denegarán el visado.

Cumplir con los procedimientos adicionales

Se le pedirá que dé sus huellas digitales antes, durante o después de su entrevista, dependiendo de su ubicación, así como que pague cualquier tasa adicional. Tras la tramitación del visado, si la Embajada de Estados Unidos le concede el visado de trabajo, es posible que también tenga que pagar una tasa de expedición de visado. El importe de la tasa de expedición del visado se determina en función de su país de origen.

Sus derechos y responsabilidades

Los trabajadores temporales en los EE.UU. tienen una serie de derechos, que el gobierno les concede. Están protegidos contra las violaciones y la explotación, y pueden ejercer estos derechos sin ser sancionados. Si alguien en EE.UU. viola sus derechos y usted lo denuncia, su visado no será cancelado y el gobierno no puede obligarle a regresar a su país si su visado sigue siendo válido, sólo porque usted denunció esas violaciones.

Si los inspectores de Seguridad Nacional y otros departamentos le permiten la entrada en EE.UU., también tiene derecho a solicitar la prolongación de su estancia. Sin embargo, una vez que su visado expira, no puede permanecer en el país a menos que la Embajada le prorrogue el visado. Si se queda después de que su visado de trabajo no sea válido, es posible que no pueda solicitar uno en el futuro.

También tiene derecho a solicitar un visado para su cónyuge o sus hijos en la misma categoría de visado que usted.

  • Si es titular de un visado H, su cónyuge e hijos deben solicitar un visado H-4
  • Si es titular de un visado L, sus dependientes deben solicitar un visado L-2,
  • Si es titular de un visado O, su cónyuge e hijos deben solicitar un visado O-3,
  • El cónyuge y los hijos del titular de un visado P deben solicitar un visado P-4, y
  • Los titulares de un visado Q, el cónyuge y los hijos deben solicitar un visado Q-3

¿Qué es una solicitud de condiciones laborales?

Una Solicitud de Condiciones Laborales (LCA) o Certificación es emitida por el Departamento de Trabajo de EE.UU. a una empresa que está planeando contratar a un trabajador extranjero. La LCA da derecho a la empresa a contratar empleados que no sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales (LPR) y a patrocinarlos para obtener visados.

La LCA declara que la empresa necesita contratar a un trabajador extranjero porque un trabajador estadounidense no estaba disponible, cualificado o dispuesto a trabajar en ese puesto de trabajo. También declara que el salario del trabajador extranjero estará a la par con el de un trabajador estadounidense y que el trabajador extranjero no se enfrentará a la discriminación o a un mal ambiente de trabajo.

¿Qué es una petición de empleo?

Una petición de empleo es presentada por una empresa estadounidense que quiere patrocinar a un trabajador extranjero para un visado de empleo. La petición se presenta al USCIS para su tramitación e incluye detalles sobre el puesto de trabajo, el salario y las cualificaciones del trabajador extranjero.

Cuando un empleador estadounidense presenta una petición de empleo, también debe pagar las tasas de tramitación y patrocinio del empleado. También deben adjuntar documentos justificativos que demuestren que la empresa puede permitirse contratar a un trabajador extranjero, que ha pagado todos los impuestos y que ha obtenido una solicitud de certificación laboral (LCA) del Departamento de Trabajo.

¿Qué es un documento de autorización de empleo?

Los que tienen visados de no inmigrante en EE.UU. no pueden empezar a trabajar a menos que tengan un permiso de trabajo. El permiso de trabajo estadounidense se llama Documento de Autorización de Empleo (EAD) y puede obtenerse inmediatamente después de que se apruebe su visado.

El EAD le permite trabajar en cualquier empresa estadounidense legalmente mientras su visado sea válido. Su cónyuge también puede obtener un EAD si cumple los requisitos. Una vez que renueve o amplíe el visado, deberá solicitar también la renovación de su EAD. Para obtener información sobre cómo solicitarlo, visite el artículo sobre el EAD.

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