Una cuestión de moral: El enfoque estadounidense sobre el plagio, los «derechos morales» y la infracción de los derechos de autor

«Este caso no podría haber sido planteado bajo la ley de derechos de autor estadounidense, en los Estados Unidos, trazamos una línea algo difusa entre la infracción de los derechos de autor, un delito legalmente perseguible, y el plagio».»

«Era un día cálido y agradable en las playas de Río de Janeiro. Las olas golpeaban la orilla y, a lo lejos, un pájaro marino elevaba sus gritos lastimeros al cielo. Levantó la vista de su libro, pensando: «Espera, ¿dónde he leído eso antes? …'»

Más que una molesta ensoñación en la playa, la pesadilla de una autora es que sus obras -o parte de ellas- sean sustraídas a su control y se hagan pasar por las de otra persona. Esa es exactamente la acusación que la autora del bestseller Nora Roberts presenta en su demanda, presentada a finales de abril en un tribunal brasileño, contra Cristiane Serruya, una abogada convertida en autora.

Nora Roberts es una de las autoras estadounidenses vivas más populares. Escribe principalmente novelas románticas, así como ficción policíaca. Sus obras son éxitos de ventas, y ha recibido un gran número de premios de la industria, así como la adaptación de más de una docena de sus obras a producciones cinematográficas y televisivas. El suyo es el tipo de éxito en el mercado con el que sueña todo autor de género.

Lamentablemente, la popularidad generalizada conlleva el riesgo de infracción; en este caso, no de infracción de los derechos de autor, sino de una violación muy particular de los derechos de autor.

Infracción por partes

Interesantemente, no se alega que las obras de Roberts hayan sido copiadas al por mayor. Más bien, siempre es una frase aquí, una frase allá. Pero, aparentemente, hay montones y montones de estas frases, no sólo (supuestamente -también, tal vez el escritor fantasma (y no el mayordomo) lo hizo) levantadas de las obras de Nora Roberts, sino también de muchas otras novelas y escritores.

«Con tranquilidad, empezó a soltarle el pelo, pasando los dedos por él hasta que se le acumuló sobre los hombros. ‘He querido hacer eso desde la primera vez que te vi. Es un pelo para perderse'»

«Con tranquilidad, empezó a soltarle el pelo, pasando los dedos por él hasta que se acumuló sobre sus hombros y cayó en cascada sobre su espalda. He querido hacer eso desde la primera vez que te vi».

Repite ese patrón unas cuantas docenas de veces y te harás una idea de lo que está en juego en este caso.

Los lectores norteamericanos deben tener en cuenta que este caso no podría haber sido presentado bajo la ley de derechos de autor de Estados Unidos, no en su forma actual. En Estados Unidos, trazamos una línea algo difusa entre la infracción de los derechos de autor, un delito perseguible legalmente, y el plagio. Ambos delitos implican el robo de las palabras de otros, pero la legislación estadounidense trata estos tipos de «levantamientos» como algo distinto. Si la acusada puede convencer a un jurado o a un juez de que lo que ha hecho es «simplemente» plagio, la ley no la castigará.

Pero en otros países, los que tienen estructuras de derechos de autor derivadas del Código Napoleónico y del Convenio de Berna sobre Derechos de Autor de la década de 1880, y las leyes nacionales resultantes, los dos pueden coincidir más estrechamente, y el plagio en sí puede ser legalmente procesable. Depende de si se considera que el presunto acto infringe los derechos morales (droit moral (Fr.), direito moral (Port.)) del autor. Uno de estos derechos morales es el «derecho de atribución» -esencialmente, el derecho a que su nombre se asocie con su creación.

La conclusión en este contexto es que los Estados Unidos no tienen una disposición de derechos morales para las obras de texto (por ejemplo, novelas) en su ley de derechos de autor, pero Brasil, donde se dice que se ha producido esta infracción, sí la tiene.

Derechos morales en el contexto estadounidense

La ley de derechos de autor de Estados Unidos, que proviene del Estatuto Británico de Ana (1710) y ha sido revisada y reaplicada por los tribunales en numerosas ocasiones desde entonces, reconoce estos derechos morales sólo de forma muy limitada, y principalmente en el ámbito de las artes visuales. La sección pertinente del Título 17 se conoce generalmente como VARA (Ley de Derechos de los Artistas Visuales de 1990), y se refiere únicamente a las «obras de arte visual», como esculturas, pinturas y fotografías. Dos de los derechos morales reconocidos por la VARA son la atribución -mantener el nombre del creador en su obra- y la integridad -que implica que la obra se mantenga íntegra y no se desmonte o «mutile». Como ejemplo hipotético, si las normas de la VARA se extendieran a las obras basadas en texto, como una novela romántica, la acusación de infracción podría presentarse de forma creíble cuando las frases de la obra originaria, la novela, aparecieran en la novela de otra persona sin atribución. Actualmente se está estudiando la posibilidad de ampliar los derechos morales en Estados Unidos, incluida la propuesta de un nuevo derecho federal de publicidad. Sin embargo, incluso si se aplicara este nuevo derecho, los hechos alegados en la demanda de Roberts (suponiendo hipotéticamente un contexto estadounidense) podrían seguir sin constituir una causa de acción en virtud de la legislación estadounidense.

Esto nos proporciona una forma quizá útil de enfocar las cuestiones del caso de Nora Roberts. La autora supuestamente infractora en Río no utilizó una pequeña porción de las frases de Roberts, ni las utilizó incidentalmente o en un contexto diferente -por ejemplo, dentro de un tratado sobre el estilo más exitoso para escribir una novela romántica de éxito. En cambio, los usos plagiarios de Serruya (si las acusaciones resultan ser ciertas) pueden considerarse, en conjunto, como infracciones del derecho de atribución de Roberts debido tanto a su amplia extensión como al contexto similar en el que aparecen, es decir, la publicación de otra novela romántica de argumento, premisa y estructura sustancialmente similares. A.M.

A. M. Blair, abogado y bloguero jurídico, sugiere que el razonamiento del caso Kinderguide (Penguin Random House v. Frederick Colting SDNY 2017) podría ser apropiado aquí también. En ese caso, un juez concedió un juicio sumario a Penguin, Simon & Schuster, y a los representantes de los patrimonios de Truman Capote, Jack Kerouac, Ernest Hemingway y otros, en sus reclamaciones de que Frederick Colting y Melissa Medina eran responsables de nueve cargos de infracción de derechos de autor a través de sus guías de aprendizaje temprano de obras literarias clásicas.

Mérito frente a apropiación indebida

A menudo atribuida (erróneamente) a Picasso, la expresión «Los buenos artistas copian; los grandes artistas roban» intenta llegar a la noción de que debe aprobarse cierta apropiación indebida, en las artes. Tal vez. Pero también hay mucho más que decir sobre el hecho de escribir tu propio material y de valerse o no de los méritos de tu propio trabajo. Tal vez sea básicamente una cuestión de moral, pero a veces también de derecho.

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