Recursos legales

*Empleo Tercera Preferencia Otra Categoría de Trabajadores: La Sección 203(e) de la Ley de Ayuda a Nicaragua y Centroamérica (NACARA) aprobada por el Congreso en noviembre de 1997, enmendada por la Sección 1(e) del Pub. L. 105-139, establece que una vez que la fecha de corte de la Tercera Preferencia de Empleo Otro Trabajador (EW) haya alcanzado la fecha de prioridad de la última petición EW aprobada antes del 19 de noviembre de 1997, los 10.000 números EW disponibles para un año fiscal se reducirán hasta 5.000 anualmente a partir del siguiente año fiscal. Esta reducción se realizará durante el tiempo necesario para compensar los ajustes del programa NACARA. Dado que la fecha de acción final de EW alcanzó el 19 de noviembre de 1997 durante el Año Fiscal 2001, la reducción del límite anual de EW a 5.000 comenzó en el Año Fiscal 2002. Para el Año Fiscal 2020 esta reducción se limitará a aproximadamente 350.

B. FECHAS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE VISADO BASADAS EN EL EMPLEO

El cuadro siguiente refleja las fechas para la presentación de solicitudes de visado dentro de un plazo que justifica la acción inmediata en el proceso de solicitud. Los solicitantes de visados de inmigrante que tengan una fecha de prioridad anterior a la fecha de solicitud indicada en el cuadro pueden reunir y presentar los documentos requeridos al Centro Nacional de Visados del Departamento de Estado, tras recibir una notificación del Centro Nacional de Visados con instrucciones detalladas. La fecha de solicitud de una categoría sobrecargada es la fecha de prioridad del primer solicitante que no puede presentar la documentación al Centro Nacional de Visados para obtener un visado de inmigrante. Si una categoría está designada como «actual», todos los solicitantes de la categoría correspondiente pueden presentar la solicitud, independientemente de la fecha de prioridad.

El listado «C» indica que la categoría es actual, y que las solicitudes pueden presentarse independientemente de la fecha de prioridad del solicitante. El listado de una fecha para cualquier categoría indica que sólo los solicitantes con una fecha de prioridad que es anterior a la fecha listada pueden presentar su solicitud.

Visite www.uscis.gov/visabulletininfo para obtener información sobre si USCIS ha determinado que esta tabla puede ser utilizada (en lugar de la tabla en el párrafo 5.A.) este mes para presentar solicitudes de ajuste de estatus con USCIS.

Empleo
basado
Todas las áreas de imputabilidad
excepto
las enumeradas
CHINA-
interior
nacido
EL SALVADOR
GUATEMALA
HONDURAS
INDIA MEXICO FILIPINAS
1er C 01JUL18 C 01JUL18 C C
C 01AUG16 C 15AUG09 C C
01ABR20 01MAY17 01APR20 01FEB10 01APR20 01APR20
Otros trabajadores 01APR20 01OCT08 01APR20 01FEB10 01APR20 01APR20
C C 01OCT17 C C C
Ciertos Trabajadores C C 01OCT17 C C C
5º Non-Centro regional
(C5 y T5)
C 15DEC15 C C C C
5ª Centro Regional
(I5 y R5)
C 15DEC15 C C C C

6. El Departamento de Estado tiene un mensaje grabado con la información sobre la fecha de la Acción Final que puede escucharse en: (202) 485-7699. Esta grabación se actualiza alrededor del día 17 de cada mes con información sobre las fechas de acción final para el mes siguiente.

B. CATEGORÍA DE INMIGRANTES DE DIVERSIDAD (DV) PARA EL MES DE AGOSTO

La sección 203(c) de la INA proporciona hasta 55,000 visas de inmigrantes cada año fiscal para permitir oportunidades adicionales de inmigración para personas de países con pocas admisiones durante los cinco años anteriores. La NACARA estipula que a partir de la DV-99, y mientras sea necesario, hasta 5.000 de los 55.000 visados de diversidad asignados anualmente se pondrán a disposición del programa NACARA. Esto dará lugar a la reducción del límite anual de la DV-2020 a aproximadamente 54.650. Los visados DV se reparten entre seis regiones geográficas. Ningún país puede recibir más del siete por ciento de los visados de diversidad disponibles en un año.

Para el mes de agosto, los números de inmigrantes en la categoría DV están disponibles para los solicitantes cualificados de la DV-2020 con cargo a todas las regiones/países elegibles de la siguiente manera. Cuando se muestra un número de corte de asignación, los visados están disponibles sólo para los solicitantes con números de rango de la lotería regional DV POR DEBAJO del número de corte de asignación especificado:

Región Todas las áreas de elegibilidad de DV excepto
Las que se enumeran por separado
ÁFRICA ACTUAL
ASIA ACTUAL
EUROPA ACTUAL
AMÉRICA DEL NORTE (BAHAMAS) ACTUAL
OCEANÍA ACTUAL
AMÉRICA DEL SUR,
y el CARIBE
Actual

El derecho a la condición de inmigrante en la categoría DV dura sólo hasta el final del año fiscal (de visado) para el que el solicitante es seleccionado en la lotería. El año de derecho para todos los solicitantes inscritos en el programa DV-2020 termina el 30 de septiembre de 2020. No se podrán expedir visados DV a los solicitantes del programa DV-2020 después de esa fecha. Del mismo modo, los cónyuges e hijos que acompañen o sigan a los titulares de la DV-2020 sólo tienen derecho al estatus de DV derivado hasta el 30 de septiembre de 2020. La disponibilidad de visados DV hasta el final del año fiscal 2020 no puede darse por sentada. Los números podrían agotarse antes del 30 de septiembre.

C. LOS NÚMEROS DE CORTE DE LA CATEGORÍA DE INMIGRANTES DE LA DIVERSIDAD (DV) QUE SE APLICARÁN EN SEPTIEMBRE

Para septiembre, los números de inmigrantes de la categoría DV están disponibles para los solicitantes calificados de la DV-2020 con cargo a todas las regiones/países elegibles de la siguiente manera. Cuando se muestra un número de corte de asignación, los visados están disponibles sólo para los solicitantes con números de rango de la lotería regional DV POR DEBAJO del número de corte de asignación especificado:

Región Todas las áreas de elegibilidad de DV excepto
Las que se enumeran por separado
ÁFRICA ACTUAL
ASIA ACTUAL
EUROPA ACTUAL
AMÉRICA DEL NORTE (BAHAMAS) ACTUAL
OCEANÍA ACTUAL
AMÉRICA DEL SUR,
y el CARIBE
Actual

D. PARA OBTENER LA INFORMACIÓN MÁS RECIENTE SOBRE LA TRAMITACIÓN DE VISADOS EN LAS EMBAJADAS Y CONSULADOS DE EE.UU. DURANTE LA PANDEMIA DE COVID-19, VISITE EL SITIO WEB DE LA OFICINA DE ASUNTOS CONSULARES EN TRAVEL.STATE.GOV

E. OBTENCIÓN DEL BOLETÍN MENSUAL DE VISADOS

Para ser incluido en la lista de suscripción por correo electrónico del Departamento de Estado para el «Boletín de Visados», envíe un correo electrónico a la siguiente dirección de correo electrónico:

[email protected]

y en el cuerpo del mensaje escriba:
Subscribe Visa-Bulletin
(ejemplo: Subscribe Visa-Bulletin)

Para darse de baja de la lista de suscripción por correo electrónico del Departamento de Estado al «Boletín de Visados», envíe un mensaje de correo electrónico a la siguiente dirección de correo electrónico:

[email protected]

y en el cuerpo del mensaje escriba: Signoff Visa-Bulletin

El Departamento de Estado también tiene disponible un mensaje grabado con las fechas de acción final de los visados que se puede escuchar en: (202) 485-7699. La grabación se actualiza normalmente alrededor del día 17 de cada mes con información sobre las fechas de acción final para el mes siguiente.

Los lectores pueden enviar preguntas relacionadas con el Boletín de Visados por correo electrónico a la siguiente dirección:

[email protected]

(Esta dirección no puede utilizarse para suscribirse al Boletín de Visados.)

Publicación 9514 del Departamento de Estado
CA/VO: 8 de julio de 2020

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